SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
II.4
II.4 El Presidente del Concejo Municipal el 3 de enero de 2003, señaló para el 14 de ese mes a horas 10:00 a.m., sesión para la consideración de la moción de censura (fs. 1), y el 5 de enero se publicó en “Los Tiempos” un segundo comunicado reiterando la realización de la sesión con ese objeto (fs. 3), notificando al recurrente con esa determinación el 10 de enero (fs. 2) Efectuada la referida sesión en la fecha indicada, con la presencia del delegado de la Corte Departamental Electoral, se consideró el voto constructivo de censura contra el recurrente constando haberse determinado su remoción, así como la designación del nuevo Alcalde en la persona del Concejal Román Orellana Alvarez (fs. 109 a 111).