SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
procedente
Concluida la audiencia el Juez de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) habiendo sido elegida la directiva del Concejo Municipal de Villa Rivero, el cargo de Secretaria correspondió a la Concejal Elizabeth Arispe Panoso, quien luego fue sustituida por la Concejal Giovanna Lara Torrico sin cumplir con la determinación del art. 14 LM, por lo que su intervención como Secretaria invalida las Resoluciones del Concejo; 2) la moción de censura constructiva fue admitida por el Oficial Mayor de la Alcaldía, a quien no le compete esa función y menos instruir la notificación al Alcalde; 3) la moción constructiva de censura se realizó en un lugar diferente a la sede de sus funciones, lo que atenta contra lo determinado por el art. 51.5) LM.