Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0463/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
: a)
Que, en dicha determinación no se ha tomado en cuenta: a) se solicitó nulidad de remate, pero se dispone nulidad de obrados, b) el incidente de nulidad debe plantearse en 3 días, pero en el caso se planteó cuando habían transcurrido dos meses del remate, c) la notificación se hizo a través de publicaciones de aviso de remate, que debía hacerse personalmente o por cédula y d) no se han pronunciado con relación al vehículo que también se adjudicó en el remate.
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- : a)
- a)
- improcedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- citación de los acreedores que tienen constituidas hipotecas
- sólo cuando se cita a los acreedores se extinguen las hipotecas
- subasta de un inmueble
- es obligación de la autoridad judicial proceder a la citación personal de los acreedores con el auto de señalamiento de remate