SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0510/2003-R
Fecha: 16-Abr-2003
I.2.2 Informe de los recurridos
Por informe escrito (fs. 88-92), las autoridades recurridas señalaron que por Ordenanza Municipal N° 007/2001 de 2 de febrero de ese año se determinó el traslado de la sede administrativa del Gobierno Municipal de Puerto Villarroel a la localidad de Ivirgarzama por razones de conveniencia institucional, sin que ello implique restricción, supresión o amenaza de restricción o supresión de algún derecho o garantía fundamental. La decisión de cambiar de sede obedece al propósito de cumplir de mejor manera con los fines y objetivos señalados en la Ley de Municipalidades, ya que si en Puerto Villaroroel existen 5 OTB's, en Ivirgarzama se trabaja con más de 300, y en ningún momento se ha abandonado a Puerto Villarroel, donde se ha estado prestando servicios con normalidad. Las solicitudes de la parte recurrente respecto a la revocatoria de referencia, fueron respondidas en su momento, aunque en la Ley de Municipalidades no existe recurso de revocatoria, sino de reconsideración, el mismo que debió haber interpuesto en el plazo de diez días desde la promulgación de la Ordenanza impugnada y si considera que los actos del Gobierno Municipal son nulos, tiene el recurso directo de nulidad. Por último, aclararon que el cambio de capital en esa provincia se está tratando en el Congreso Nacional, como demuestran por la literal aparejada.
- Marcos Yarvi Merlo, Presidente del Comité Cívico de Puerto Villarroel
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Agapito Olivera Trujillo, Virginia Magne Terán, Porfirio Delgado Ventura, Eudoro Barrientos Fuentes, Beatriz Flores y Eugenio Luna Quintana, Alcalde, Presidente del Concejo Municipal y Concejales de Puerto Villarroel, respectivamente,
- I.2.2 Informe de los recurridos
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- después de más de un año de su emisión
- III.3.
- APROBAR