Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2003-CDP
Fecha: 15-May-2003
I.3
I.3 Que, analizadas las pruebas presentadas, el Tribunal del Recurso calificó los daños y perjuicios en Bs5.142.41, dando por acreditados parcialmente los gastos descritos por el recurrente, pues para determinar dicho monto consideró que el recurrente estuvo obligado a interponer el amparo para cuyo efecto tomó en cuenta las costas calificadas en el Auto de 13 de abril de 2002 que fijó las mismas en Bs2.066.-, más los costos de los débitos, gastos por la elaboración de despachos instruidos, pasajes y viáticos y las notificaciones con las respectivas órdenes instruidas (fs. 266).