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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2003

    Fecha: 20-May-2003

    II.3.

    II.3. Que, finalmente, no es evidente que las autoridades que emitieron las Resoluciones que aprueban las normas impugnadas no hubieran tenido facultad normativa para el efecto; sin embargo de ello corresponde dejar establecido que a través de un recurso extraordinario de esta naturaleza, no se puede impugnar la lesión del art. 31 CPE, existiendo para ello otros medios o recursos que la propia CPE reconoce para el efecto.

    • recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • I.1.1. Relación sintética del recurso
    • I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución del Instituto Nacional de Reforma Agraria.
    • I.2. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1.
    • II.2.
    • Ley Forestal
    • reglamentada por el DS
    • Resolución Ministerial 130/97
    • II.3.
    • INFUNDADO

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