Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0585/2003-R
Fecha: 06-May-2003
III.3.
III.3. Es menester dejar claro que debe ser el Juez de la Niñez y Adolescencia quien debe determinar la situación jurídica del adolescente para lo que dispondrá lo que en derecho corresponda según la edad del menor, la misma que deberá ser comprobada también ante la aludida autoridad, de manera que la orden del Juez del recurso sobre la remisión de José Luis Flores ante el Juez del menor, es acertada. Empero, la Resolución que se revisa debe ser complementada en sentido de ordenarse la anulación de los registros que se hayan hecho del menor en la Policía.
- en el recurso de hábeas corpus
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- PROCEDENTE
- II.1. Nelson Gumiel Cassis, Fiscal Adjunto de Sustancias Controladas en Villazón, en 10 de enero de 2003
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Fiscal deberá tramitar ante el Juez de la Niñez y Adolescencia, la aprehensión del adolescente
- III.2.
- III.3.