SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0635/2003- R
Fecha: 09-May-2003
II.3
II.3 Que, habiendo planteado, el recurrente, incidente de nulidad alegando que no se notificó legalmente con la petición de medidas previas, el Juez por Auto de 11 de enero de 2003, resolvió rechazarlo con el fundamento de que era evidente de obrados que la primera providencia en ejecución de sentencia es el “cúmplase con noticia de partes” de 13 de septiembre de 2002, que fue debidamente diligenciada por el Oficial de Diligencias en el domicilio señalado por las partes, por lo que al encontrarse el proceso en ejecución de sentencia, señaló audiencia de primer remate en subasta pública del inmueble de la ejecutada para el día 12 de marzo de 2003, sobre el Avalúo Catastral de Bs586.862.35, designándose a la martillera, previa su aceptación. (fs. 34). Contra dicha resolución -hoy impugnada-, la autoridad recurrida ha informado que el recurrente ni su representada presentaron recurso alguno, extremo que no ha sido negado por el recurrente.