Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2003-R
Fecha: 13-May-2003
III.5.
III.5. En cuanto a la supuesta violación al derecho a defensa, aunque no es materia de este recurso, cabe aclarar que no se dio en el caso de autos, por cuanto el actor fue legalmente notificado a la audiencia para resolver la apelación, mediante cedulón fijado en Secretaría de Cámara, sin que sea imputable a los Vocales demandados su inconcurrencia a ese acto procesal.