SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0662/2003-R
Fecha: 19-May-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
El 26 de febrero del año en curso, se apersonó voluntariamente ante la Policía Técnica Judicial (PTJ), para prestar su declaración informativa, a cuya conclusión la Fiscal recurrida dispuso su aprehensión, sin que concurran los presupuestos establecidos por el art. 226 del Código de Procedimiento Penal de 1999 (CPP), obteniendo su libertad en la audiencia cautelar verificada el 27 del mismo mes y año. Sin embargo la mencionada autoridad durante el proceso viene incurriendo en ilegalidades, es así que en base a ideas y criterios falsos, solicitó al Juez Cautelar la revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención que le fueron impuestas, mereciendo el rechazo por parte de la autoridad jurisdiccional. De la misma manera pretende ejecutar un mandamiento de allanamiento, incumpliendo lo establecido por el art. 180 CPP, con el fin de demostrar una supuesta obstaculización de la investigación creando un ambiente hostil y de caos, para reiterar el 3 de abril de 2003 la revocatoria de las medidas sustitutivas a su detención preventiva.
Añade que la autoridad demandada ha incurrido en una serie de hechos en desmedro de sus derechos fundamentales, pues se encuentra ilegal e indebidamente perseguido, ya que la Fiscal solicitó en dos oportunidades la revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención preventiva por hechos maliciosamente provocados puesto que en la tramitación del caso -motivo del recurso- se han infringido normas y presupuestos que son de cumplimiento obligatorio, violando el principio de legalidad, sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la libertad.