SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2003-R

Fecha: 20-May-2003

I.1.1.     Hechos que motivan el recurso

En la demanda  presentada el 1 de abril  de 2003, ( fs. 3 a 6) el recurrente expresa que es acreedor al beneficio de prelibertad en la modalidad de trabajo de extramuro, en base a normas actualmente abrogadas pero que son aplicables en su favor por mandato de la Disposición Transitoria Primera del DS 26715, que es el Reglamento de Ejecución de Penas Privativas de Libertad; beneficio que le fue negado sistemáticamente por la autoridad recurrida con diferentes argumentos en reiteradas ocasiones, no obstante haber acreditado el cumplimiento de todos los requisitos, pues cuenta con sentencia ejecutoriada desde el 31 de mayo de 2000, y se encuentra clasificado en el tercer período de prueba que de acuerdo al art. 22 del  DL 11080 es el período a Grado de Prelibertad desde el 4 de abril de 2002 inclusive.

Expresa que la sentencia 47/02 de 11 de diciembre de 2002, dictada en un amparo constitucional por la Sala Penal Segunda, ordenó a la Directora Departamental de Régimen Penitenciario así como a la representante legal de la autoridad recurrida tramitar la demanda de clasificación en el sistema progresivo presentado de su parte, conforme a la disposición transitoria primera del DS 26715 de 26 de julio de 2002; empero, este fallo aún no cuenta con resolución en revisión por parte del Tribunal Constitucional, lo que le perjudica directamente pues sigue ilegalmente preso.