SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2003-R

Fecha: 20-May-2003

improcedente

La Resolución  dictada el 07 de abril de 2003 (fs. 36 a 38) declaró improcedente el recurso, fundándose en que el recurrente no está indebida o ilegalmente preso ni tampoco se está violando su derecho a la prelibertad bajo la modalidad de extramuro, pues no ha acreditado pronunciamiento de autoridad competente sobre tal extremo, como es el Juez de Ejecución Penal, en consecuencia, la autoridad recurrida carece de legitimidad pasiva  para ser demandada toda vez que no tiene facultades para pronunciarse sobre la petición del recurrente, por cuanto sus atribuciones son de carácter eminentemente administrativo.