SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2003-R

Fecha: 20-May-2003

“III.6.

“III.6. Que, en coherencia con la previsión constitucional aludida en el punto III.1, el DS 26715 de 5 de agosto de 2002 establece el principio de favorabilidad de las normas sustantivas de la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario y sus Reglamentos, al señalar en la Disposición Transitoria Primera que en caso de que el interno hubiese sido condenado con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 2298 de 20 de diciembre de 2001, de Ejecución Penal y Supervisión, y la misma o sus reglamentos agravare las condiciones para acogerse a los beneficios correspondientes al periodo de prelibertad o para obtener su libertad anticipada, será aplicable la Ley anterior y sus correspondientes reglamentos.