SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2003-R
Fecha: 21-May-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de los recurrentes ratificó el recurso y señaló que la Jueza de Sentencia a sola petición del imputado dispuso el abandono de la querella sin correr traslado alguno, y sin considerar que el abandono de la querella sólo se produce cuando el querellante habiendo sido legalmente notificado con la fecha y hora de la audiencia de conciliación no acude a ella, lo que no ha ocurrido en su caso en el que no se notificó con ninguna audiencia ni al querellante ni al querellado, por lo que interpusieron recurso de apelación demostrando que recién les notificaron con el abandono de la querella el 1 de noviembre; sin embargo, los recurridos determinaron su inadmisibilidad por haberse presentado en forma extemporánea, sin considerar que los plazos se computan sólo en días hábiles y fenecen a las 24 horas del último día hábil, según lo señala el art. 130 del Código de procedimiento penal (CPP).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por ese Código