Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2003-R
Fecha: 21-May-2003
II.4.
II.4. El 14 de enero de 2003, el actor solicitó la revocatoria o reconsideración de la referida Resolución (fs.63-64), mereciendo el auto de 3 de febrero de 2003, a través del cual los Vocales recurridos rechazaron la petición con el argumento de no estar previsto el recurso de revocatoria contra un auto motivado (fs. 69).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por ese Código