SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2003-R

Fecha: 21-May-2003

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

El Vocal co-recurrido aclaró que la Vocal Presidenta recurrida le encomendó presentar el informe de ley, y pasó a señalar que las salas penales conocen en apelación procesos en liquidación y nuevos, y evidentemente la parte querellante, presentó un memorial de revocatoria de la Resolución 153/02 de 19 de diciembre de 2002, recurso que procede únicamente para decretos de mero trámite. No obstante, afirmó que puede que exista el error, pero es de buena fe al existir una mala actuación procedimental de la parte y también por una confusión entre el cómputo de los plazos que establece el Código de 1973 y el nuevo Código de procedimiento penal, por lo que no elude responsabilidad alguna y se somete a lo que se determine.