Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0688/2003-R
Fecha: 21-May-2003
II.4.
II.4. El recurrente interpuso recurso de compulsa contra la aludida determinación del Juez (fs. 228 y 229), que mereció el Auto de 16 de diciembre de 2002 (fs. 232), pronunciado por los Vocales hoy demandados, que declararon ilegal la compulsa, en el entendido de que las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia deben ser apeladas directamente y no previo recurso de reposición.