SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0688/2003-R
Fecha: 21-May-2003
recurso de apelación
“...el art. 518 del CPC determina que las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia serán susceptibles únicamente del recurso de apelación directa, lo que implica que, en ejecución de fallos, no es procedente la reposición bajo alternativa de alzada en caso de negativa, en ese sentido se ha pronunciado este Tribunal en sus SSCC 261/2001-R, 671/2002-R, y otras”.
En consecuencia, al haber declarado ilegal la compulsa presentada por el actor contra el Auto del Juez que rechazó el recurso de reposición con alternativa de apelación, los Vocales recurridos no han cometido acto ilegal alguno que conculque derechos y garantías del actor, de modo tal que no se abre el ámbito de protección de este recurso.