SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0718/2003-R
Fecha: 28-May-2003
III.1
III.1 En el caso de autos, el recurrente plantea el presente recurso de amparo constitucional, expresando que las autoridades demandadas le han denegado la tutela de la jurisdicción constitucional, pues si bien en el memorial de demanda de un anterior amparo constitucional que interpuso contra el Comité de Nominaciones de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Jesús Nazareno” y el Presidente ai. del Consejo de Administración, en el cuarto otrosí solicitó se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, sin embargo al haber sido rechazados “ambos recursos”, reiteró su pedido al tribunal de amparo para que sea admitido sólo el amparo constitucional, sin que sea deferida su petición, motivando de esta manera que la misma pretensión constituya ahora el fundamento del presente recurso.