SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0736/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0736/2003-R

Fecha: 03-Jun-2003

PROCEDENTE

La  Resolución 19/2003, cursante a fs. 51 y 52, pronunciada el 23 de abril de 2003 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara PROCEDENTE el recurso -sin disponer los efectos de la decisión- bajo estos fundamentos: 1) “por el carácter sumario del hábeas corpus y por el principio de unilateralidad que singulariza al recurso, este Tribunal se pronuncia únicamente sobre el punto recurrido vale decir la amenaza de compulsión que pesa sobre el recurrente”; 2) el abogado recurrente cumple su servicio profesional en La Paz como abogado del Gerente General  de la Empresa Eléctrica Guaracachi S.A. y es a la vez socio de dicha empresa y que al ser abogado defensor se halla protegido por el art. 24 de la Ley de la Abogacía, art.  7, 22 del Código de Ética Profesional para el Ejercicio de la Abogacía, y facultado por el art. 197 CPP para abstenerse a declarar en razón de su oficio o profesión; 3) “el hecho de una amenaza de compulsión constituye un atentado contra la libertad del recurrente, por lo que el recurso interpuesto es viable”.