SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2003- R

Fecha: 06-Jun-2003

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Tercera declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que al haber interpuesto el defensor de oficio conforme a los deberes que le atribuye el art. 258 CPP-1972, la apelación de la sentencia el 12 de noviembre de 2002, lo hizo oportunamente antes de que el procesado sea notificado con la sentencia mediante edicto, por lo que tanto la providencia de 12 de noviembre de 2002, el Auto de ejecutoria de 11 de enero y la providencia de 21 de enero de 2003 son ilegales; b) que si bien el recurrente no interpuso recurso de compulsa ante la providencia de 12 de noviembre de 2002, su facultad de recurrir no podía depender de un trámite de esa naturaleza; c) que el mandamiento de condena expedido el 23 de enero de 2003, resulta ilegal y atenta contra el derecho a la locomoción y d) que al declararse procedente el recurso la excepción perentoria de prescripción deberá hacerse valer en la instancia correspondiente.