SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2003-R

Fecha: 11-Jun-2003

a)

En el informe escrito que corre a fs. 140 y 141, la Jueza recurrida sostiene lo siguiente: a) en 7 de noviembre de 2001, Humberto Monasterio Pinckert  interpuso demanda solicitando la declaratoria de interdicción de su padre Humberto Monasterio Da Silva, por encontrarse imposibilitado e inhabilitado para gobernar por si mismo sus bienes y su persona, dirigiendo la acción contra Teresa Gutiérrez Vaca Díez, su actual cónyuge,  la hija de ambos, María Alina  Monasterio Gutiérrez y otro hijo, Joaquín Monasterio Pinckert,  siendo que éste último se allanó a  la demanda; b) las otras demandadas  fueron declaradas rebeldes por Auto de 4 de julio de 2002; c) se designó curador ad litem a Humberto Monasterio Pinckert por Resolución de 4 de julio de 2002, “para garantizar la defensa del presunto interdicto y sus derechos al debido proceso legal”; d) en el término respectivo, se produjo prueba testifical y literal, así como una inspección judicial en el domicilio del recurrente; e) la esposa e hija del recurrente  han  formulado diversos incidentes y solicitudes en el proceso, e inclusive pidieron la nulidad de notificación con la demanda,  contra  cuyo rechazo han  interpuesto apelación; f)  el recurrente “nunca se apersonó al proceso”, no ha  planteado ningún recurso legal, ni promovido ningún incidente, por lo que no puede pretender sustituir esos medios  legales con el amparo constitucional;  g) no ha infringido ninguna garantía ni derechos reconocidos al recurrente por la Constitución. Pide se declare improcedente el recurso.