Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
la garantía de la aplicación objetiva de la ley
Finalmente, la seguridad jurídica también se ha visto lesionada, la cual está entendida como la estabilidad de las instituciones y la vigencia auténtica de la Ley, con el respeto de los derechos proclamados y su amparo eficaz ante desconocimientos y transgresiones por la acción restablecedora de la justicia en los supuestos negativos, o como la condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran; la garantía de la aplicación objetiva de la ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de las autoridades pueda causarles perjuicio.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- domicilio del demandado. Si el demandado se hallare internado,
- del demandado,
- debe estar dirigida imprescindiblemente contra la persona a quien se presume incapaz o interdicta, o cuya declaratoria de interdicción se pretende
- III.2.
- la garantía de la aplicación objetiva de la ley
- APRUEBA