SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 2 de abril de 2003 (fs. 26 a 28), el recurrente afirma que el 1 de marzo de 2000 fue designado Intendente Municipal y que, al no complacer intereses políticos, se urdió un proceso administrativo en su contra que en los hechos no llegó a resolverse por haberse iniciado en forma ilegal, según lo expresa el Informe Legal de 29 de julio de 2002.
Aduce que el Alcalde Municipal, por presión ejercida políticamente desde el Concejo, por memorando de 29 de julio de 2002 le transfirió al cargo de Auxiliar Administrativo de la Unidad de Activos Fijos, en tanto se sustancie el ilegal proceso interno, que nunca se concretó, para que finalmente en 8 de agosto de 2002 se le entregue un pre aviso para su retiro, dándole el plazo de noventa días para dejar su cargo, frente a lo cual se le explicó que simplemente estaba destinado a calmar los ánimos de la población que presentó supuestos reclamos por sus funciones y que nunca se efectivizaría tal despido. Pese a ello, en 7 de noviembre fue retirada su tarjeta de asistencia, se elaboró una planilla de pago de beneficios sociales en base a un informe de Asesoría Legal, unidad que contradictoriamente, en 23 de diciembre, detuvo ese pago arguyendo que no le corresponden.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.2.
- II.3. El 8 de agosto de 2002 el Alcalde Fidel Herrera Ressini remitió al actor el memorando 494/02
- la misma que fue firmada por el recurrente, quien declara en ella que se encuentra conforme con tal liquidación.
- II.4. Por memorial presentado el 12 de marzo de 2003
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- en especial la SC 1442/2002-
- APRUEBA