Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
II.2.
II.2. A través de la Resolución 19802 de 17 de julio de 2002 (fs. 6 y 7), el Concejo Municipal de la Sección Capital Sucre instruyó al Ejecutivo abrir proceso administrativo contra el Intendente Municipal -hoy recurrente- “por incumplimiento a deberes formales, y a las normas emanadas del Concejo Municipal, a Resolución administrativa del Alcalde, asimismo por negligencia en el cumplimiento de sus funciones, además por las denuncias señaladas en los vistos y considerandos”, que habrían sido realizadas por personas particulares.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.2.
- II.3. El 8 de agosto de 2002 el Alcalde Fidel Herrera Ressini remitió al actor el memorando 494/02
- la misma que fue firmada por el recurrente, quien declara en ella que se encuentra conforme con tal liquidación.
- II.4. Por memorial presentado el 12 de marzo de 2003
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- en especial la SC 1442/2002-
- APRUEBA