Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
la misma que fue firmada por el recurrente, quien declara en ella que se encuentra conforme con tal liquidación.
El mencionado plazo se cumplió el 7 de noviembre de 2002, tal cual se acredita por la planilla de beneficios sociales -finiquito- elaborada por la Jefatura de Recursos Humanos de la Alcaldía Municipal de Sucre en 23 de diciembre de 2002 (fs. 18), la misma que fue firmada por el recurrente, quien declara en ella que se encuentra conforme con tal liquidación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.2.
- II.3. El 8 de agosto de 2002 el Alcalde Fidel Herrera Ressini remitió al actor el memorando 494/02
- la misma que fue firmada por el recurrente, quien declara en ella que se encuentra conforme con tal liquidación.
- II.4. Por memorial presentado el 12 de marzo de 2003
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- en especial la SC 1442/2002-
- APRUEBA