SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2003-R

Fecha: 11-Jun-2003

: a)

De acuerdo a lo señalado en el informe escrito de fs. 47 a 48, y lo manifestado en audiencia se tiene: a) Pagada la acreencia del ejecutante, los anticresistas -recurrentes- presentan en medida precautoria ante el Juzgado de Partido Noveno en lo Civil una orden de retención de $US12.500.-; orden que la ratificó el 3 de enero de 2001, en sentido de que se cumpla por Secretaría con la retención ordenada, b) que en 18 de octubre de 2000, a petición de los adjudicatarios del inmueble, se ordenó la retención de Bs4.006.- por concepto de impuestos fiscales devengados y, en 17 de septiembre de 2001 se dispone la notificación al Departamento de Finanzas para que proceda al pago de dicho monto; que los adjudicatarios solicitaron además, el pago de los impuestos de transferencia por Bs7.044, por lo que el 7 de febrero de 2002 se ordena el pago de ese monto; por lo que recién se tuvo el remanente de propiedad de la ejecutada, monto que por orden de retención del Juzgado de Partido Noveno en lo Civil se transfirió a la orden de dicho juzgado mediante certificados de depósito judicial por un total de $US11.860.-, haciéndose efectiva la retención de esos $US11.860.- que están a disposición del Juzgado de Partido Noveno en lo Civil.