SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2003-R

Fecha: 11-Jun-2003

improcedente

Concluida la audiencia la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba pronunció la Resolución de 9 de abril de 2003, cursante de fs. 50 a 50 vta. que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) El art. 19-IV CPE y 96-1 y-3 LTC, determinan que el amparo constitucional no procede cuando las resoluciones judiciales pueden ser impugnadas por los recursos ordinarios que el Código de Procedimiento Civil pone en sus manos. b) Las partes que no fueron notificadas con el Auto repositorio de 3 de diciembre de 2002, pueden apersonarse al Juzgado para exigir se cumpla con ese acto procesal.