SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2003-R

Fecha: 10-Jun-2003

1)

 La autoridad demandada informa: 1) el proceso en contra del recurrente se inició  en 1998 y de acuerdo a las modificaciones respecto a la acción penal, dictó el consiguiente auto de admisión de querella, señalando audiencia  para el martes 7 de agosto de 2001, proveyendo el mandamiento de comparendo; 2) previo informe del diligenciero del juzgado, ordenó se cite  al recurrente en el domicilio señalado por el querellante y en mérito a su incomparecencia al acto procesal, ordenó sea citado mediante edictos de prensa, dando estricto cumplimiento a la publicidad y traslado, buscando que la parte contraria conociera de la querella; 3) la conminatoria de pago fue realizada por el Notario de Fe Pública 39 de ese distrito judicial, notificando personalmente al recurrente, de modo que sabía y tenía conocimiento de la existencia de un giro de cheque; 4) el recurrente voluntariamente asumió una actitud negligente y no ingresó en una situación de indefensión; 5) los demás actos procesales se cumplieron en su rebeldía hasta la dictación de la sentencia.