Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2003-R
Fecha: 10-Jun-2003
representante del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público requiere porque se declare procedente el recurso con el argumento de que si bien al recurrente se le nombró defensora oficial para que asuma su defensa, ésta no la ejerció dejando en indefensión a su defendido cuya detención resulta ilegal, debiendo por ello anular obrados hasta el momento de la apertura de los debates para así dar oportunidad al querellado de que se apersone y asuma defensa en el proceso en igualdad de condiciones, ordenando en consecuencia su inmediata libertad.