SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
a)
El Juez recurrido informó en audiencia que: a) tanto en el sumario como en el plenario del proceso penal seguido por Miriam Vaca Cuellar contra el recurrente, se observó el procedimiento previsto por ley, sin que se le haya causado indefensión; b) el recurrente anteriormente interpuso recurso de hábeas corpus con los mismos fundamentos que en el presente recurso, el que fue declarado improcedente y que las supuestas irregularidades que impugna, entre ellas, el verdadero nombre y apellido utilizado en el transcurso del proceso, pudieron ser impugnadas a través de los recursos previstos por ley y no mediante el amparo que no es sustitutivo de los recursos ordinarios; c) se encuentra pendiente de resolución la cuestión previa de prescripción interpuesta por el recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- Humberto Pino Alarcón, en suplencia legal del Juez Primero de Partido en lo Penal Liquidador
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.4
- II.8.
- II.9.
- II.10. El recurrente interpuso recurso de hábeas corpus contra César Quintana Frías,
- APROBAR con el fundamento precedente