Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 13 de marzo de 2003 (fs. 178-186), el recurrente refiere que en el proceso penal seguido por Miriam Vaca Cuellar en su contra por el delito de estelionato, no se han observado las normas del debido proceso ni el derecho a la defensa, motivo por el cual -antes de interponer el presente recurso- planteó hábeas corpus que fue declarado improcedente con el “sofisma de que había sido citado por edictos y eso bastaba”, sin tomar en cuenta la SC 313/2002-R, de 20 de marzo, dictada por el Tribunal Constitucional en la que se declaró procedente un caso análogo al suyo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- Humberto Pino Alarcón, en suplencia legal del Juez Primero de Partido en lo Penal Liquidador
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.4
- II.8.
- II.9.
- II.10. El recurrente interpuso recurso de hábeas corpus contra César Quintana Frías,
- APROBAR con el fundamento precedente