SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2003-R

Fecha: 13-Jun-2003

II.2.

II.2. Que, mediante proveído de 28 de febrero de 2003, el recurrido rechazó el memorial, ordenando de oficio se subsanen defectos dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado (fs. 76); y por decreto de 11 de marzo de 2003, dispone tenerse por no presentado el memorial de denuncia, ordenando el archivo de obrados, por no ajustarse la petición a lo establecido por los arts. 156, 157 con relación al art. 66 CM (fs. 77).