SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2003-R

Fecha: 17-Jun-2003

III.1

III.1          En el caso examinado, el recurrente afirma que no es el representante legal de la Empresa “AGEDESA” SA, sin tomar en cuenta que  si bien presentó copia de la revocatoria del poder de representación de la misma,  la autoridad jurisdiccional estableció que  fue efectuada por quienes no tenían personería jurídica para ello,  de manera que al haberse mantenido como representante de la Empresa demandada, recayó sobre él la responsabilidad de pagar los beneficios sociales correspondientes, la que no puede eludir como pretende.