Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
representante del Ministerio Público
La representante del Ministerio Público requirió porque se declare improcedente el recurso con el argumento de que el recurrente en las instancias del proceso, actuó como representante legal de la Empresa demandada, no siendo evidente que carezca de personería jurídica, lo que evidencia que el mandamiento de apremio en su contra no fue librado indebidamente ni se le ha vulnerado ningún derecho.