SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2003- R

Fecha: 30-Jun-2003

III.2

III.2   Que en el caso planteado, si bien existe un informe social presentado por el recurrente, no es menos cierto que el mismo no se constituye en prueba suficiente para el fin solicitado, pues para demostrar su estado de pobreza debió aportar otros medios de prueba que real y definitivamente dejaran certeza que no tiene posibilidad de ofrecer la fianza económica que se le impuso, al no hacerlo no se le puede otorgar la tutela solicitada, ya que no existe -se reitera- suficiente convicción de que su situación patrimonial realmente no le permite cumplir con la fianza económica, por lo mismo, no pueden tenerse como lesionados los derechos que ha referido.