AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2003-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2003-O

Fecha: 30-Jul-2003

I.2.

    I.2.         Señala que el Tribunal de amparo por Auto de 3 de octubre de 2000 conminó a los recurridos a entregar en el plazo de 5 días a Raúl Nava y Rómulo Durán, la suma de $US10.212.- que fueron retirados de la cuenta bancaria de la Junta Vecinal, ante lo que solicitaron un lapso de 30 días para presentar documentación y rendir cuentas, dentro del cual se apersonaron a la Corte Superior donde les aconsejaron entreguen lo indicado mediante carta notariada al nuevo Directorio, cuyo Presidente, en 21 de octubre de 2000, se negó injustificadamente a recibir la documentación y rendición de cuentas aludidas, tampoco lo hizo cuando el Fiscal de Distrito, a quien acudieron como demandados, le invitó a hacerlo, y, finalmente, en la Asamblea General de Vecinos, realizada en 10 de diciembre de 2000,  Rómulo Durán  rechazó la entrega, dando lugar a que la Corte de amparo, por Auto de 16 de  octubre de 2000 disponga la remisión de antecedentes al Ministerio Público.