III.2.
III.2. En 21 de octubre de 2002 Rómulo Durán Rocha como Presidente de la Junta Vecinal, y los procesados, suscribieron un Acuerdo Transaccional en el que el primero de los nombrados, dando por cumplida la parte resolutiva de la SC 866/2000-R, desistió de la acción penal a favor de los querellados, quienes se obligaron a restituir el total de los gastos judiciales y honorarios que demandó la acción penal y a no presentar ninguna acción recriminatoria en caso de que la Sentencia de primera instancia sea revocada y ellos, declarados absueltos o inocentes.
