AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2003-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2003-O

Fecha: 30-Jul-2003

IV.1.

IV.1.   Mediante SC  866/2000-R, de 20 de septiembre, el Tribunal Constitucional revocó la  improcedencia decretada por la Corte del recurso y declaró procedente el amparo constitucional incoado por Raúl Nava Ortiz y Rómulo Durán Rocha, Presidente y Vicepresidente de la Junta Vecinal “Colquiri Sud Condebamba” contra Alfredo Paredes Diamantino y otros, disponiendo que los recurridos entreguen la documentación y rindan cuentas de su gestión, en la forma prevista  en el Estatuto y Reglamento  de la Junta Vecinal y que el Tribunal dé cumplimiento a lo dispuesto por el art. 102-II LTC.