SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0897/2003- R
Fecha: 01-Jul-2003
pero aceptó la nueva función
Que desde el 1 de julio de 1993 hasta el mes de octubre de 1997 ejerció el cargo de Trabajadora Social P.S.F. y, luego a partir de noviembre de ese año viene desempeñando las funciones de Trabajadora Social-Área Pari Orcko-Distrito Urbano con el ítem N° P-8735, ambos trabajos dependientes del SEDES, en los cuales ha ejercido con mucha responsabilidad pues para dicho efecto obtuvo títulos de postgrado; sin embargo, por orden del recurrido Director, se expidió el Memorando 199/02 de 30 de septiembre, que le fue entregado el 4 de noviembre de 2002, mediante el que se le destituye del cargo con el ilegal argumento de una supuesta reestructuración del SEDES, por lo que ante tal actitud, formuló su representación al Sindicato y al Administrador del SEDES, habiendo recibido otro Memorando con el N° 416/02 de 2 de diciembre de 2002, por el que le obligan a desempeñar otra función sin ítem y rebajándole considerablemente de jerarquía vulnerando disposiciones de la Ley General del Trabajo, pero aceptó la nueva función porque el Lic. Ramiro Aguilar V., autoridad del SEDES, se comprometió a restituirle en su anterior cargo a partir del mes de enero del presente año.
Que, ante el incumplimiento del reiterado compromiso, el 26 de marzo de este año presentó reclamo escrito ante el recurrido Director, para que se le restituya en el cargo del que fue injustamente despedida pero hasta la fecha no recibió respuesta alguna, manteniendo el acto ilegal no obstante que tanto la citada Ley como la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LSAFCO) y la Ley del Estatuto del Funcionario Público (LEFP), le garantizan inamovilidad funcionaria, por lo que no puede ser retirada sin ser sometida a proceso, y en su caso, de acuerdo a las Resoluciones Ministeriales 125/97 de 28 de julio de 1997, 90 de 1 de marzo de 1999 y 332 de 10 de agosto de 1999, se encuentra institucionalizada en sus funciones de Trabajadora Social con el ítem referido, pues ingresó en el Escalafón de los profesionales que trabajan en el rubro de salud, a través de concurso de méritos y posterior calificación de años de servicio y más aún la misma Dirección del SEDES mediante certificado expedido el 10 de octubre de 2001, le ha reconocido su calidad de trabajadora institucionalizada.