Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2003-R
Fecha: 07-Jul-2003
III.2
III.2 Los funcionarios policiales demandados, omitieron el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el secuestro y que están previstas en los arts. 129, 174, 186 CPP, por lo que al actuar como lo hicieron han vulnerado no sólo el derecho a la propiedad sino también a la seguridad jurídica, previstos por los arts. 7.a), i) y 22 CPE, los que deben ser reparados, otorgando la tutela que brinda el amparo constitucional al estar referida a aquellos casos en que existe una vulneración de derechos fundamentales emergente de un acto ilegal o de una omisión indebida por parte de la autoridad pública o particular.