SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2003-R
Fecha: 07-Jul-2003
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso disponiendo la inmediata devolución de la movilidad por no haberse guardado las formalidades legales inherentes al caso, con los siguientes fundamentos: 1) el recurrente no podía solicitar la devolución del vehículo a la Fiscalía, por cuanto ésta no ordenó su secuestro; 2) el acto acusado por el recurrente fue ejecutado simplemente por la Policía; 3) en el presente recurso no se considera ni determina el derecho propietario del vehículo reclamado el que debe ser resuelto en los tribunales ordinarios, pues como Tribunal de amparo constitucional sólo corresponde otorgar las garantías constitucionales para que se guarden las formalidades legales.