Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0939/2003- R
Fecha: 07-Jul-2003
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18-III y 120.7ª CPE y los arts. 7-8ª y 93 LTC en revisión APRUEBA la Resolución de 16/2003 de 31 de mayo de 2003, cursante de fs. 9 a 11, pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia de El Alto, disponiendo que se proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 91-VI LTC.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1
- a)
- procedente
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- Cuando en un primer momento de la investigación sea imposible individualizar a los autores, partícipes o testigos, y se deba proceder
- no existió mandamiento de autoridad competente para la detención del recurrente,
- III.3
- III.4
- APRUEBA