Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0939/2003- R
Fecha: 07-Jul-2003
procedente
Concluida la audiencia, el Juez Segundo de Partido y Sentencia de El Alto, declaró procedente el recurso con el fundamento de que la detención por más de 8 horas sin que sea de conocimiento del Ministerio Público se convierte en detención ilegal y vulnera los arts. 227 CPP y 10 CPE, pues el art. 130 CPP, dispone que los términos y plazos en casos con detenido son improrrogables y perentorios.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1
- a)
- procedente
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- Cuando en un primer momento de la investigación sea imposible individualizar a los autores, partícipes o testigos, y se deba proceder
- no existió mandamiento de autoridad competente para la detención del recurrente,
- III.3
- III.4
- APRUEBA