Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0956/2003-R
Fecha: 08-Jul-2003
II.3
II.3 A solicitud de reconsideración de la Ordenanza 2426/99 impetrada por Toribia Ayala y otros -hoy recurrentes-, el 8 de febrero de 2002 el Concejo Municipal abrogó la Ordenanza 2426/99, manteniéndose el perfil de la calle ubicada entre las manzanas 20, 18, 17 del Distrito 8, Sub-Distrito 20 con 12,50 mts (fs. 7 a 9).
- Armando Ananías Veizaga Córdova, en representación de Toribia Ayala de Veizaga, Domingo Valero López, Juana Callapa Mendoza de Valero, Liberata Guillén, Rosa Margarita Mérida de Alanez y Florentina Arias vda. de Challapa
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1.1.3
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2
- II.3
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- REVOCAR