SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0970/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0970/2003-R

Fecha: 14-Jul-2003

III.1.

III.1.    La jurisprudencia constitucional contenida en el Auto Constitucional 377/99-R establece que "constituye un requisito procesal inexcusable el apersonamiento del nuevo apoderado dentro del proceso y asumir él mismo el lugar en que se encuentra el mandatario sustituido con el objeto de que el Juez, previa revisión del documento, acepte o rechace su personería y será recién a partir de la providencia de aceptación que el nuevo representante podrá asumir la representación en el juicio y hacerse responsable tanto de las obligaciones como de los derechos que pudieran emerger de la causa, de conformidad al art. 114 del Código Procesal del Trabajo".