Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2003- R
Fecha: 29-Jul-2003
II.3
II.3 Que, el 21 de mayo de 2003, los recurridos presentan informe por escrito (fs. 100-103). En la misma fecha y en secuencia de número inmediata al informe cursa la Resolución que resuelve el recurso en la que se refiere que se abrió la audiencia el mismo día a hrs. 9-30, y que el recurrente como el Fiscal no asistieron, por lo que se declaró rebelde al primero (fs.104-107).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Guido Gonzáles Escobar, Fidelia Quecaña Capari, Eloy Choque García y Humberto Terán Guzmán, Presidente, Vicepresidente, Secretario y Vocal del Concejo Municipal de Torotoro
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- se fijará día y hora para audiencia pública, que deberá tener lugar indefectiblemente
- La audiencia ser realizará indefectiblemente
- III.2
- III.3
- III.4