SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1067/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1067/2003-R

Fecha: 29-Jul-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que el Juez Séptimo de Partido en lo Civil actuando sin competencia reguló el honorario profesional del abogado que lo patrocinó en dos causas por las que se suscribió la iguala profesional, fijándola en un porcentaje no previsto en ésta para hacer efectivo su cobro al ser cumplidas las condiciones pactadas, vulnerando sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la propiedad, al igual que los vocales  de la Sala Penal Segunda que confirmaron en apelación dicha regulación arbitraria. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.