Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1068/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
III.1.
III.1. En primer término corresponde dejar claro que las acusaciones realizadas en la demanda de amparo sobre hechos acaecidos durante las gestiones 2000, 2001 y 2002 no pueden ser consideradas por cuanto el plazo máximo de interposición de este recurso es de seis meses, conforme lo ha declarado la uniforme jurisprudencia constitucional en sus SSCC 1315/2002-R, 1442/2002-R, 85/2003-R, 125/2003-R, 389/2003, 588/2003-R, 618/2003-R, y varias otras.