Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 14/2003 de fs. 30 a 32 pronunciada el 7 de junio por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Oruro, dentro del
Fecha: 19-Ago-2003
II.4
II.4 Por certificación expedida el 13 de mayo por el Actuario del Juzgado de Instrucción en lo Penal Cautelar 2° de Oruro, se evidencia que hasta esa fecha Ruth Copa Delgado no interpuso acción penal alguna en contra de la recurrente Felicidad Villalta Bellido (fs. 4), mientras que en la misma fecha, el Actuario del Juzgado de Instrucción en lo Penal Cautelar 1° de aquella ciudad certifica que no cursa en ese despacho judicial ninguna comunicación de inicio de investigaciones en contra de la citada recurrente (fs. 5).